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jueves, 9 de octubre de 2014

Nueva normativa para motores

Según el Reglamento (UE) 4/2014 de la Comisión del 6 de enero de 2014, que modifica el Reglamento (CE) 640/2009, los motores mayores de 7,5 kW deben ser IE3. Los motores que se construyan superiores a 7,5kW IE2 llevarán una etiqueta/placa adjunta a la placa principal indicando que su uso está permitido sólo con variador de frecuencia.

Esta normativa no aplica a los motores integrados en un producto, como el caso de los grupos motobomba de las calderas o los ventiladores. 







miércoles, 8 de julio de 2009

Sesión sobre el nuevo RAP en el Gremio de Calderería

Esta tarde, con la participación de Noxman y otras empresas fabricantes de calderas industriales, ha tenido lugar en el Gremio de Calderería de Barcelona una sesión, liderada por el Sr. Perdigó, sobre los cambios que conlleva el nuevo Reglamento de Equipos a Presión. Los aspectos más controvertidos, como era de esperar, han sido los de la ampliación de los tiempos de vigilancia y la presencia de Organismos Certificados en determinadas inspecciones.

Todavía hay aspectos que, por no quedar bien definidos en el Reglamento, se deben llevar a consulta para determinar con claridad su alcance.

Es una cuestión sobre la que habrá que ir profundizando y sorteando los problemas que puedan surgir, por desconocimiento de los nuevos actores que intervienen a partir de ahora, por no estar los nuevos modelos de documentación preparados, etc.

miércoles, 10 de junio de 2009

Cambios en el Reglamento de Aparatos a Presión (2)

Continuando con la anterior entrada referente al nuevo REP, señalar que la nueva normativa, además de introducir cambios en las inspecciones de las calderas, también permite ampliar el tiempo de vigilancia, que actualmente es de dos horas, dejándolo a criterio del fabricante. Esto es posible incluso para calderas de fluido térmico existentes.
En Noxman ya hemos diseñando las distintas opciones que podemos ofrecer a nuestros clientes para poder ampliar el tiempo de vigilancia, ofreciendo las máximas garantías de seguridad, especialmente en casos de tiempos de vigilancia elevados. Resolveremos encantados cualquier duda relacionada con el nuevo Reglamento de Equipos a Presión.

Para consultar el nuevo reglamento, que empezará a ser válido a partir de agosto, pulse aquí.

jueves, 14 de mayo de 2009

Cambios en el Reglamento de Aparatos a Presión

Con fecha 6 de febrero de 2009, se ha aprobado el RD 2060/2008, que aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus ITC.




Presenta algunos cambios, que afectan principalmente a las revisiones de las calderas, ya sean nuevas o estén en funcionamiento. En algunos casos, aparece como obligatoria la presencia de una OCA, que hasta la fecha no era necesaria y cambian algunos plazos.


Estamos analizando en profundidad las implicaciones y nos haremos eco por este medio de las más significativas.